Fuentes de información . Para la operación y ejecución del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, las entidades que lo conforman podrán recurrir a las fuentes de información y bases de datos que se requieran en el marco de sus competencias, sin necesidad de que medie convenio o acuerdo de intercambio de información, lo anterior cumpliendo con los principios, derechos y condiciones de legalidad contenidos en la Ley 1581 de 2012 y las normas que la adicionen, complementen, modifiquen o sustituyan. TÍTULO 2 PILAR SOLIDARIO CAPÍTULO 1 Disposiciones Generales
Decreto 514 de 2025 →Vigente
Artículo 2.2.1.1.4
Fuentes De Información
Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.