º . El presente decreto rige a partir de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 2000. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.
Decreto 150 de 2000 →Vigente
Artículo 3
Decreto 150 de 2000 · Por el cual se suprime la Consejería Presidencial para la Política y se crea la Consejería Presidencial para el Plan Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.