Micelio

Artículo 3

Decreto 2515 de 1966 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 2129 de 1963, sobre elaboración y comercio de fertilizantes mezclados, sólidos y líquidos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Los fabricantes de mezcladores de fertilizantes mezclados sólidos y líquidos, deberán tener un funcionamiento, como parte de sus instalaciones, un laboratorio de análisis de control con los siguientes requerimientos. a) mesa de laboratorio b) equipo de toma y preparación de muestras, c) vidriería, reactivos y equipo necesario para determinaciones analíticas de los elementos garantizados en los productos de que trate este decreto, d) instalaciones adecuadas de agua, energía eléctrica, gas (cuando sea el caso), vertederos y ventilación suficiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2515 de 1966