º Para los efectos aquí previstos, los productos deberán reunir los requisitos de origen adoptados en virtud de lo dispuesto en el Capitulo X del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 2501 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º Para Los Efectos Aquí Previstos, Los Productos Deberán Reunir Los Requisitos De Origen Adoptados En Virtud De Lo Dispuesto En El Capitulo X Del Acuerdo De Cartagena
Decreto 2501 de 1985 · por el cual se da cumplimiento a compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Integración Subregional de Cartagena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.