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Artículo 6

Las Resoluciones Que Dicte El Consejo Profesional Nacional De Ingeniería Sobre Cancelación De Matrículas, Serán Apelables Para Ante El Ministerio De Obras Públicas Dentro Del Término Fijado En El Artículo 15 Del Decreto 1006 De 1938

Decreto 1106 de 1947 · por el cual se dictan algunas disposiciones reglamentarias de la Ley 94 de 1937, sobre ejercicio de la profesión de la ingeniería.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las resoluciones que dicte el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería sobre cancelación de matrículas, serán apelables para ante el Ministerio de Obras Públicas dentro del término fijado en el artículo 15 del Decreto 1006 de 1938.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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