° La entidad competente y responsable de la ejecución de las obras referidas será la Empresa de Desarrollo Urbano de Bolivar, EDURBE. En desarrollo de esta disposición, tendrá entre las demás actividades propias de este objeto, las siguientes: 1°.Contratación de las obras necesarias para la limpia, canalización y acotamiento de los caños según los estudios efectuados. 2° Terraplanado y urbanización de las orillas según los trazados de los estudios realizados. 3° La venta de los lotes recuperados a través del relleno, en la forma como lo establece la ley y demás normas vigentes. 4° Definición del uso de las orillas de los caños y bahías. 5° Contratación de empréstitos tanto internos como externos para los cuales se podrá solicitar la garantía de la nación. 6° La administración de los recursos destinados a la financiación del proyecto que provengan de empréstitos internos o externos que otras entidades públicas celebren con este fin, de los recaudos por concepto del impuesto de valorización especial o general que se cause con la realización de las obras o de otras fuentes.
Decreto 7 de 1984 →Vigente
Artículo 2
La Entidad Competente Y Responsable De La Ejecución De Las Obras Referidas Será La Empresa De Desarrollo Urbano De Bolivar, Edurbe
Decreto 7 de 1984 · por el cual se ordena la ejecución de la recuperación sanitaria de los caños, lagunas y cienagas de Cartagena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.