Del saldo de la partida global apropiada en el Capítulo 0917 - Financiamiento a cargo del Ministerio Programa VI - Sostenimiento de Hospitales artículo 9415 "Para sostenimiento de hospitales, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año", hácese la siguiente distribución:
CAPITULO 0917
Artículo 9415.
Ordinal 4. Cúcuta (Norte de Santander):