Micelio

Artículo 1

Ley 11 de 1904 · Por la cual se provee a las más urgentes necesidades de la Administración Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1º La Junta de Emisión procederá a poner a disposición del Gobierno, en calidad de préstamo, para que éste atienda a las más urgentes necesidades del servicio público, la cantidad de cien millones de pesos en papel-moneda, tomándolos de los ya emitidos para el cambio de los deteriorados y de los departamentales, y si éstos fueren insuficientes, fabricando y emitiendo los necesarios para completar la suma arriba expresada.

De los créditos reconocidos por la Administración que término el 7 de Agosto último, solo se pagarán con la suma indicada en este artículo los siguientes:

1º Sueldos y raciones del Ejército que no hayan pasado a terceros;

2º Órdenes de pago de los empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público que no se hayan convertido en libranzas;

3º Órdenes de pago de los empleados de Instrucción Pública, de los del Ramo de Telégrafos y de los Correos, y contratistas del mismo Ramo, que no hayan pasado a terceros;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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