Micelio

Artículo 1

La Comprobación De Las Condiciones Fijadas Para El Ascenso De Sargentos Primeros A Subtenientes Del Arma De Tren, Se Hará Por Medio De Los Requisitos Siguientes: A) La Carrera De Suboficiales Con Los Documentos Legales De Alta Como Soldado Y De Los Ascensos A Cabo Segundo, Cabo Primero, Sargento Segundo Y Sargento Primero

Decreto 538 de 1936 · Por el cual se reglamenta el Decreto - ley 167 de este año, relativo al nombramiento y destinación de oficiales en el arma de tren

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° La comprobación de las condiciones fijadas para el ascenso de Sargentos primeros a subtenientes del arma de tren, se hará por medio de los requisitos siguientes

a)

La carrera de Suboficiales con los documentos legales de alta como soldado y de los ascensos a Cabo segundo, Cabo primero, Sargento segundo y Sargento primero. El servicio de tres años en este último grado se comprobara con las certificaciones de los datos que arrojen las listas de revista, en las cuales debe constar que se halla en servicio activo.

b)

La edad se comprobara con la fe de bautismo.

c)

Los conocimientos generales se comprobarán satisfactoriamente por un examen rendido ante una Comisión de Oficiales del Arma de Suboficiales y un representante de la Inspección General del Ejército, nombrada por el Ministerio de Guerra, ante la cual se compruebe poseer bien los conocimientos correspondientes en Aritmética, Geometría, Castellano, Geografía patria y general, historia patria e historia general.

d)

La aptitud física se comprobará por un examen de dos Oficiales de la Sanidad Militar.

e)

La conducta se comprobará con las calificaciones militares de los Cuerpos en que sirvió como Sargento segundo y como Sargento primero, y la conducta social con el certificado jurado de dos personas de reconocida honorabilidad.

f)

Las condiciones de preparación y capacidad para el mando se comprobarán por las calificaciones del Comando del Cuerpo o Cuerpos en los cuales sirvió como Sargento primero y con un examen presentado ante la comisión fijada en el punto c), sobre las siguientes materias: 1) Táctica, examen teórico y práctico sobre el mando del pelotón o de la sección. 2) Topografía. Elementos de Topografía militar, apreciación militar del terreno y pequeños reconocimientos. 3) Conocimiento de las armas en uso en el arma de origen del aspirante, su manejo y empleo. 4) Organización del Ejército colombiano. 5) Administración de la unidad fundamental en el arma de origen.

Parágrafo

Los exámenes de conocimientos serán orales y escritos, y las calificaciones se harán por el sistema reglamentario en la Escuela Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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