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Artículo 3

Despacho Del Director General

Decreto 1203 de 2025 · por el cual se modifica la estructura de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, Casur, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Despacho del Director General . Son funciones del Despacho del Director General

1.

Organizar, dirigir, coordinar y controlar, de conformidad con las directrices trazadas por el Consejo Directivo, el cumplimiento de las funciones misionales de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional.

2.

Presentar para consideración y aprobación del Consejo Directivo los planes y programas que se requieran para el desarrollo del objeto de la entidad.

3.

Someter a consideración y aprobación del Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos e inversión de cada vigencia fiscal, sus modificaciones, adiciones, traslados, así como los estados financieros, de conformidad con las disposiciones orgánicas y reglamentarias sobre la materia.

4.

Informar al Consejo Directivo el ajuste de la actualización de los cálculos actuariales anuales sobre el valor de las obligaciones de la entidad, por concepto de asignaciones de retiro de los afiliados, pensiones y bonos pensionales de funcionarios y ex funcionarios, a quienes la entidad debe reconocer esta prestación.

5.

Ejercer la representación legal de la entidad.

6.

Crear y conformar equipos de asesoría y coordinación, grupos internos de trabajo, así como comités que considere necesarios para el óptimo desarrollo de las funciones asignadas a la entidad y asignarles funciones mediante acto administrativo.

7.

Adoptar los reglamentos, manuales y demás instrumentos necesarios para el cumplimiento de la misión, funcionamiento de la entidad, así corno el cumplimiento de las disposiciones legales.

8.

Nombrar, dar posesión y remover, conforme a las disposiciones vigentes, a los empleados de la entidad.

9.

Distribuir el personal de la planta global, teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la entidad.

10.

Liderar la puesta en marcha y desarrollo de la evaluación del desempeño laboral en los empleos de la planta global y de rendimiento de gerentes públicos en los empleos de libre nombramiento y remoción, aplicando la normativa respectiva y efectuando los seguimientos correspondientes.

11.

Conocer y resolver en segunda instancia de la etapa de juzgamiento los procesos disciplinarios que, conforme con sus competencias, se adelanten contra servidores y exservidores públicos de la entidad, sin perjuicio de la competencia preferente de la Procuraduría General de la Nación.

12.

Establecer las estrategias tendientes a mejorar la prestación del servicio al retirado y sus beneficiarios a nivel nacional, así como la Política de Bienestar y Previsión Social, tendientes a mejorar la precepción de su calidad de vida, de acuerdo con los lineamientos que determine el Gobierno nacional.

13.

Reconocer y pagar, conforme con la ley, las asignaciones de retiro, pensiones y demás prestaciones a que está obligada la entidad.

14.

Efectuar el control de la gestión financiera de la entidad, el recaudo, manejo e inversión de los recursos, para que estos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos, las normas orgánicas del presupuesto nacional.

15.

Ordenar los gastos con cargo al presupuesto, conforme con las normas generales y reglamentarias del presupuesto nacional, los estatutos y los acuerdos del Consejo Directivo sin perjuicio de la delegación de esta función a la Secretaría General, previa autorización del Consejo Directivo.

16.

Definir y dirigir las actividades relacionadas con las comunicaciones estratégicas de la entidad, la imagen institucional y la divulgación de actividades, planes y programas, tanto en el ámbito nacional como internacional.

17.

Diseñar y dirigir los canales de relacionamiento con los afiliados y demás grupos sociales objetivo, a través de medios físicos y digitales, con el fin de facilitar al afiliado la realización de los trámites y atender sus requerimientos, para asegurar la respuesta oportuna y suministro de información.

18.

Rendir informes generales y periódicos al Presidente de la República y al Ministro de Defensa Nacional, en la forma que estos lo determinen, sobre el estado de ejecución de las funciones, actividades desarrolladas y la situación general de la entidad.

19.

Propender por el establecimiento y desarrollo del sistema de control interno, sin perjuicio de la responsabilidad que, por tal motivo corresponda a los jefes de cada una de las dependencias de la entidad, de conformidad con la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen, reglamenten o sustituyan.

20.

Administrar la contratación de empréstitos internos o externos, cuando ello sea indispensable o conveniente para la realización de los objetivos de la entidad, ajustado a las disposiciones t legales vigentes.

21.

Designar mandatarios y apoderados especiales que representen a la entidad en asuntos judiciales y extrajudiciales para la defensa de los intereses de la entidad.

22.

Liderar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Integral y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de la entidad.

23.

Ejercer las demás funciones que le señalen la ley, los estatutos y el Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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