Micelio

Artículo 2

Ley 67 de 1909 · por la cual se autoriza un gasto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La suma anterior se incluirá en el Presupuesto de Gastos de 1910, y el Poder Ejecutivo hará el gasto de la partida de cinco mil pesos ($5,000) siempre que los Gobiernos de Venezuela y Ecuador convengan en donar con Colombia la estatua del Libertador á la Oficina Internacional de las Repúblicas Americanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 67 de 1909