Trámite para el recurso de apelación. La apelación contra las providencias que decidan sobre la detención o la libertad del procesado, se tramitará así:
Interpuesto el recurso, se concederá al día siguiente y en el acto se enviarán las copias al superior. El reparto, cuando hubiere lugar a él, se verificará el mismo día del recibo del expediente, tanto al juez o Magistrado como al Ministerio Público. Efectuado el reparto se pondrá el expediente en la secretaría a disposición común de las partes por tres días, vencidos los cuales se correrá traslado al fiscal por el mismo término. El superior resolverá dentro de los cinco días siguientes.
Los autos que se dicten para conceder y tramitar este recurso no se notificarán y serán de inmediato cumplimiento.