° las asignaciones de que trata el presente decreto se tomaran de las partidas a apropiadas en el presupuesto nacional para sueldos del personal del ministerio. Comuníquese y publíquese.
Decreto 878 de 1936 →Vigente
Artículo 3
Las Asignaciones De Que Trata El Presente Decreto Se Tomaran De Las Partidas A Apropiadas En El Presupuesto Nacional Para Sueldos Del Personal Del Ministerio
Decreto 878 de 1936 · Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en las Leyes 80 de 1925, 72 de 1927 y 30 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.