Micelio

Artículo 9

Declaración De Bienes De Interés Cultural

Ley 2510 de 2025 · por medio de la cual la nación se vincula a la conmemoración del bicentenario (1830-2030) de la muerte del Libertador Simón Bolívar en el Distrito de Santa Marta, departamento del Magdalena y en el departamento de Boyacá, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al tenor de lo dispuesto en la Ley 1185 de 2008 o la norma que la sustituya, modifique o adicione, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, adoptará las medidas pertinentes para declarar como Bienes de Interés Cultural de la Nación, los monumentos y espacios ubicados en el Distrito de Santa Marta que le rindan homenaje al libertador Simón Bolívar y/o para formular los respectivos Planes Especiales de Manejo y Protección y/o los Planes Especiales de Salvaguardia como corresponda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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