º . Dirección Operaciones Aéreas. Son funciones de la Dirección Operaciones Aéreas, las siguientes
Asistir a la Presidencia en la formulación de los planes y programas relacionados con las operaciones aéreas de la empresa;
Supervisar la operación de vuelo y los aspectos relativos a la seguridad de esta operación;
Coordinar con la Dirección Comercial el establecimiento o supresión de rutas y frecuencias de acuerdo con las necesidades y condiciones del mercado;
Coordinar con la Dirección Técnica el mantenimiento y la disponibilidad del material aeronáutico;
Organizar y supervisar las actividades relacionadas con la instrucción y entrenamiento de los tripulantes en los diferentes equipos que operan en la empresa;
Controlar y evaluar la programación de vuelo y su cumplimiento;
Mantener datos estadísticos de la operación de vuelo confiables que faciliten las actividades de la dependencia;
Dirigir y controlar la ejecución de los programas que en materia de calidad adopte la empresa;
Coordinar el seguimiento minucioso de las operaciones diarias de vuelo de la empresa;
Supervisar que las operaciones de vuelo, se lleven a cabo bajo los estándares de las regulaciones nacionales e internacionales;
Hacer cumplir las regulaciones impuestas por la FAC, Aeronáutica Civil, y la Presidencia en lo relacionado con las operaciones aéreas;
Supervisar los chequeos de vuelo y control anual para mantenimiento de autonomías;
Planear y programar la adquisición de los equipos necesarios para el eficiente funcionamiento de las comunicaciones de la empresa;
Coordinar y controlar las actividades inherentes a la atención y despacho de las aeronaves, en cumplimiento a los itinerarios programados;
Controlar y supervisar el cargue y descargue de los aviones y entrega de equipajes y carga a los usuarios;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.