Micelio

Artículo 3

Las Auditorias Funcionaran En El Lugar De La Residencia De La Entidad Que Asesora Y Tendrán Las Funciones Señaladas Por El Código De Justicia Penal Militar

Decreto 1486 de 1950 · Por el cual se reglamenta la Justicia Penal Militar, se fijan unas asignaciones y se hacen unos nombramientos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las Auditorias funcionaran en el lugar de la residencia de la entidad que asesora y tendrán las funciones señaladas por el Código de Justicia Penal Militar.

Parágrafo 1

La Auditoria de la Base Naval A.R.C. "Bolívar" y de la Base Fluvial de Entrenamiento A.R.C. "Barranquilla" residirá en Cartagena.

Parágrafo 2

La Auditoria de la Brigada de Institutos Militares asesoran a las Bases Aéreas de "Madrid" y "German Olano".

Parágrafo 3

La Auditoria de la Tercera Brigada asesora a la Base Área "Ernesto Samper".

Parágrafo 4

La Auditoria de la Sexta Brigada asesorara a la Base Fluvial A.R.C. "Leguizamo" y la Base Aérea de "Tres Esquinas".

Parágrafo 5

Facultase al Inspector General de las Fuerzas Militares para que, cuando lo estime conveniente, comisione a los Auditores de la Armada y del Comando Superior de la Fuerza Aérea a fin de que asesoren a cualquier otra repartición de las Fuerzas Militares.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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