ARTICULO 334 . Objeto de la investigación . El funcionario ordenará y practicará las pruebas conducentes al esclarecimiento de la verdad sobre los hechos materia de investigación, especialmente respecto de las siguientes cuestiones
Si se ha infringido la ley penal.
Quién o quiénes son los autores o partícipes del hecho.
Los motivos determinantes y demás factores que influyeron en la violación de la ley penal.
Las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se realizó el hecho.
Las condiciones sociales, familiares o individuales que caracterizan la personalidad del imputado, su conducta anterior, sus antecedentes judiciales, de policia, sus condiciones de vida, y
Los daños y perjuicios de orden moral y material que causó el hecho punible.