Micelio

Artículo 2

Ley 7 de 1965 · Por la cual se decreta la cooperación de la Nación para la construcción del Colegio Cárdenas de la ciudad de Palmira

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno queda ampliamente autorizado para abrir créditos y verificar traslaciones dentro del Presupuesto Nacional, para apropiar las partidas decretadas por medio de la presente Ley, como también para verificar operaciones de crédito y comprometer la responsabilidad de la Nación, sea ante los bancos o mediante documento de crédito expedido a favor del Colegio con el fin de hacer efectiva la cooperación económica de que trata este mandato legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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