Micelio

Artículo 1

El Saldo Actual De La Partida Apropiada En El Artículo 1241, Del Capítulo 83, Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, Para Terminar Y Continuar Las Obras Portuarias Ya Iniciadas En Los Ríos Magdalena, Cauca, Atrato (Ríosucio), Sinú, Andágueda (Lioró Y Bagadó), Y Conclusión Del Muelle De La Dorada, Y Defensa Del Puerto De El Banco, Saldo Que Es De $ 53

Decreto 2172 de 1942 · Por el cual se redistribuye el saldo de una partida apropiada en el Presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El saldo actual de la partida apropiada en el artículo 1241, del capítulo 83, del Presupuesto de la vigencia en curso, para terminar y continuar las obras portuarias ya iniciadas en los ríos Magdalena, Cauca, Atrato (Ríosucio), Sinú, Andágueda (Lioró y Bagadó), y conclusión del muelle de La Dorada, y defensa del puerto de El Banco, saldo que es de $ 53.166.42, se redistribuye así: Para las obras de Puerto Salgar $ 5.128.84 Para las obras del Alto Cauca y defensa de Cartago 9.804.30 Para las obras de Montería 4.700.00 Para las obras de Lorica 2.486.27 Para las obras de Puerto Wilches 22.009.51 Para pagar al Fondo Rotatorio del Ministerio de Obras Públicas el 2½ % de que trata el Decreto-ley número 700 de 1942, sobre la cantidad de201.500 $ 5.037.50 Suma $ 49.166.42

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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