Micelio

Artículo 1

Adiciónese La Definición De "precio De Paridad" Establecida En El Numeral 1, Artículo 1° Del Decreto 2713 De 2012, Con El Siguiente Texto: "para Efectos De La Importación De Combustible Desde La República Bolivariana De Venezuela Se Entenderá Por Precio De Paridad, El Precio Diario De La Gasolina Regular Y Del Acpm Observado Durante El Mes, Expresado En Pesos Y Fijado Por La Empresa De Petróleos De Venezuela, El Cual Incluye, Precio De Facturación En Planta De Producción, Transporte En Territorio Venezolano, Administración Y Logística, Servicios Aduaneros Y Fondo Social De Desarrollo Fronterizo

Decreto 470 de 2013 · por el cual se adiciona una definición en el Decreto 2713 de 2012, mediante el cual se reglamentó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adiciónese la definición de "Precio de Paridad" establecida en el numeral 1, artículo 1° del Decreto 2713 de 2012, con el siguiente texto: "Para efectos de la importación de combustible desde la República Bolivariana de Venezuela se entenderá por Precio de Paridad, el precio diario de la gasolina regular y del ACPM observado durante el mes, expresado en pesos y fijado por la Empresa de Petróleos de Venezuela, el cual incluye, precio de facturación en planta de producción, transporte en territorio venezolano, administración y logística, servicios aduaneros y fondo social de desarrollo fronterizo. Lo anterior con el fin de llevar a cabo el abastecimiento de combustibles en las Zonas de Frontera, sin perjuicio de lo dispuesto por el

Parágrafo 3

del artículo 6° de la Resolución 18 0522 del 29 de marzo de 2010, proferida por el Ministerio de Minas y Energía o las normas que la modifiquen o sustituyan".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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