º. Manual Específico de funciones y requisitos. El Auditor General de la República expedirá el Manual Específico de Funciones y Requisitos, para cada uno de los empleos de la entidad, teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse en cada una de ellas, para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión y objetivos de la Auditoría. Cuando el Auditor General de la República adopte equivalencias, estas no podrán ser diferentes a las establecidas en el presente decreto.
Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión del título profesional o la respectiva matrícula o autorización prevista por las leyes y sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.