Micelio

Artículo 2

Modifíquese El Artículo 18 Del Decreto 951 De 2001, El Cual Quedará Así: Artículo 18

Decreto 4213 de 2011 · Por el cual se modifican los artículos 17 y 18 del Decreto 951 de 2001 y se adiciona un artículo al Decreto 170 de 2008

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 18 del Decreto 951 de 2001, el cual quedará así: Artículo 18. Fórmula para la calificación y asignación de los Subsidios de Vivienda de Interés Social urbana para población desplazada. La Fórmula para la calificación y asignación de los subsidios de vivienda para población desplazada es: PUNTAJE i= B1 * (MA)+B2* (CF)+B3 * (CE)+B4 * (UJ)+B5 * (HMV) + B6* (P) + B7 (UNIDOS) + B8 (DE) + B9 (TD) Donde: MA: Modalidad de Aplicación. CF: Composición familiar. CE: Composición étnica. UJ: Única jefatura en el hogar. HMV: Hogar con miembros vulnerables. P: Hogar inscrito en un plan de vivienda. UNIDOS: Hogar incluido en UNIDOS. DE: Dependencia económica. TD: Tiempo en situación de desplazamiento. Los valores de las Constantes son; Bi = 20% B2 = 15% B3 = 15% B4 = 10% B5 = 10% B6 = 10% B7 = 10% B8 = 5% B9 = 5% Para efectos de determinar el puntaje se debe tener en cuenta que: 1 . Modalidad de aplicación del SFV (MA): Modalidad de Aplicación del SFV Valor. Adquisición de Vivienda Nueva 4 Construcción en sitio propio 4 Mejoramiento de Vivienda 2 Adquisición de Vivienda Usada 2 2. Composición familiar (CF): El valor de la variable, se realiza dependiendo de la cantidad de personas: Número de personas que conforman el hogar. Valor Hogar 1:1 a 3 personas. 1 Hogar 1: 4 a 6 personas. 2 Hogar 1: 7 en adelante 3 3 . Composición étnica (CE): Hace referencia a hogares desplazados pertenecientes a minorías étnicas: Características personas que conforman el hogar. Valor Indígenas 4 Negritudes, Afrocolombianos, palanqueros y Raizales 4 Romo Gitanos 4 No pertenece a minoría étnica 0 4. Única jefatura (UJ): Se refiere a los hogares (más de 1 persona) dependientes de un solo miembro, mujer u hombre cabeza del hogar: Características personas que conforman el hogar. Valor. Hogar con Jefatura unipersonal 2 Hogar sin Jefatura unipersonal 0 5. Hogares con miembros vulnerables (HMV): Características personas que conforman el hogar. Valor. Hogares con menores de edad 2 Hogares con adultos mayores de sesenta y cinco (65) años. 2 Hogares con personas con discapacidad. 2 Ninguno de los anteriores 0 6. Hogares inscritos planes de vivienda (P): Tiene puntaje adicional si este proyecto es en el lugar de retorno. Hogar vinculado a Proyectos. Valor. Cuando el hogar se encuentra vinculado a un Proyecto de vivienda en el lugar de retorno 3 Cuando el hogar se encuentra vinculado a un proyecto de vivienda 2 7. Hogares incluidos en RED UNIDOS: Hogar en Red Unidos Valor. Hogares incluidos en Unidos 4 Hogares que no están incluidos en Unidos 0 8. Condición de la dependencia económica del hogar (DE). Condición de dependencia Valor. Tasa de Condición de Dependencia Económica entre 0,7 y 1 2 Tasa de Condición de Dependencia Económica entre 0,4 y 0,7 1 Tasa de Condición de Dependencia Económica entre 0 y 0,3 0 9. Tiempo en situación de desplazamiento (TD). Tiempo desplazamiento Valor. 0-2 años 1 3 a 4años 2 5 a 6 años. 3 7 y más años 4

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4213 de 2011