Micelio

Artículo 10

Legitimación

Ley 2524 de 2025 · por medio de la cual se establece el procedimiento especial administrativo y judicial para la restitución internacional y/o garantía del derecho de visitas de niños, niñas y adolescentes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda persona, institución u organismo nacional o extranjero que pruebe que un niño, niña o adolescente menor de dieciséis (16) años ha sido objeto de un traslado o retención ilícita internacional y que demuestre un interés legítimo será titular de la acción de restitución.

Estará legitimada pasivamente la persona que haya sido denunciada por el traslado o la retención ilícita del niño, niña o adolescente menor de dieciséis (16) años, constituyéndose en la causa de la solicitud.

Colombia País Requirente

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2524 de 2025