Parágrafo
La suma de doscientos ochenta y ocho pesos ochenta centavos ($ 288-80) se considerará incluida en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.
Ley 72 de 1916 · por la cual se dispone la devolución de una suma y se exonera del pago de una multa
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La suma de doscientos ochenta y ocho pesos ochenta centavos ($ 288-80) se considerará incluida en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.