° Los Ministros de Gobierno y Defensa coordinarán las obras que habrán de ejecutarse por conducto de los Ministerios y demás organismos vinculados a la administración pública y con la cooperación de las entidades privadas que ofrezcan colaborar en esta emergencia, para la pronta reconstrucción de las zonas devastadas, atender la situación de desempleo, acelerar los planes de vivienda, reforma agraria e integración popular.
Decreto 267 de 1967 →Vigente
Artículo 3
Los Ministros De Gobierno Y Defensa Coordinarán Las Obras Que Habrán De Ejecutarse Por Conducto De Los Ministerios Y Demás Organismos Vinculados A La Administración Pública Y Con La Cooperación De Las Entidades Privadas Que Ofrezcan Colaborar En Esta Emergencia, Para La Pronta Reconstrucción De Las Zonas Devastadas, Atender La Situación De Desempleo, Acelerar Los Planes De Vivienda, Reforma Agraria E Integración Popular
Decreto 267 de 1967 · Por el cual se hace una declaratoria de calamidad pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.