Micelio

Artículo 23

Además De Las Bandas Definidas En Los Artículos Precedentes Del Capítulo Iii, El Ministerio De Comunicaciones Podrá Adoptar Otras Bandas Previo Estudio Y Coordinación Con La Unión Internacional De Telecomunicaciones Y La Organización De Aviación Civil Internacional (Oaci)

Decreto 1029 de 1998 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil aeronáutico, y radionavegación aeronáutica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de las bandas definidas en los artículos precedentes del Capítulo III, el Ministerio de Comunicaciones podrá adoptar otras bandas previo estudio y coordinación con la Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). CAPITULO IV De los requisitos para obtener licencias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1029 de 1998