º. Adiciónese el artículo 125 del Decreto 2649 de 1993 con dos pará-grafos del siguiente tenor: "
Las empresas comerciales que se encuentren en las condiciones pre-vistas en el numeral 3 del artículo 2º de la Ley 590 de 2000, modificado por el artículo 2º de la Ley 905 de 2004 o la norma que lo sustituya, así como las entidades de naturaleza no comercial que estén obligadas u opten por llevar contabilidad en los términos del artículo 1º del presente decreto y que se ajusten a las condiciones previstas en este artículo, deben llevar los libros necesarios para
Establecer mensualmente el resumen de todas las operaciones por cada cuenta, sus movimientos débito y crédito, y sus saldos.
Determinar la propiedad del ente, el movimiento de los aportes de capital y las restricciones que pesen sobre ellos.
Dejar constancia de las decisiones adoptadas por los órganos colegiados de dirección, administración y control del ente económico.
Conocer las transacciones individuales, cuando estas se registren en los libros de resumen en forma global.
Conocer los códigos o símbolos utilizados para describir las transacciones, con indicación de las adiciones, modificaciones, sustituciones o cancelaciones que se hagan de unas y otras.
Los libros auxiliares necesarios para entender los principales.
Cumplir las exigencias de otras normas legales. Los libros con los cuales se dé cumplimiento a los numerales 1, 2 y 3 de este
, deberán llenar los requisitos de registro y autenticación previstos para cada tipo de entidad u organización, ante la autoridad competente. En tratándose de las personas naturales, no son obligatorios los libros de los numerales 2 y 3; y en el caso de las empresas unipersonales no será obligatorio el libro señalado en el numeral 2 de este
El libro de registro auxiliar de transacciones individuales deberá ser objeto de reconocimiento y autenticación por parte del contador público, bajo cuya responsabilidad se elaboran los asientos y los estados financieros, y por el revisor fiscal cuando exista la obligación de proveer el cargo".