Toda sentencia condenatoria, proferida por tribunal competente, civil o militar, contra un miembro de la "Orden Naval Almirante Padilla", implica la perdida del derecho al honor de la Condecoración. Asimismo por la comisión de actos públicos degradantes que hagan al individuo indigno de pertenecer a una corporación de honor. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 2409 de 1947 →Vigente
Artículo 14
Toda Sentencia Condenatoria, Proferida Por Tribunal Competente, Civil O Militar, Contra Un Miembro De La "orden Naval Almirante Padilla", Implica La Perdida Del Derecho Al Honor De La Condecoración
Decreto 2409 de 1947 · por el cual se crea la "Orden Naval Almirante Padilla".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.