Con la aprobación del Gobierno Nacional, los organismos adscritos y vinculados al Ministerio de Agricultura procederán a modificar sus estatutos en lo pertinente, a fin de ponerlos en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1050 de 1968 y en el presente Decreto.
Decreto 2420 de 1968 →Vigente
Artículo 73
Con La Aprobación Del Gobierno Nacional, Los Organismos Adscritos Y Vinculados Al Ministerio De Agricultura Procederán A Modificar Sus Estatutos En Lo Pertinente, A Fin De Ponerlos En Concordancia Con Lo Dispuesto En El Decreto 1050 De 1968 Y En El Presente Decreto
Decreto 2420 de 1968 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.