Establécese para la Dirección General un Comité Jurídico integrado por el Director General, quien lo presidirá, el Subdirector General, el Subdirector Jurídico y el Jefe de la Oficina de Estudios Tributarios; actuará como Secretario el Jefe de la División de Doctrina Tributaria de la Subdirección Jurídica. El Comité Jurídico se reunirá por lo menos dos veces al mes, pero el Director General podrá reunirlo en cualquier tiempo. La función del Comité será la de asesorar a la Dirección en la unificación de la doctrina sobre los aspectos de interpretación del Derecho Tributario y de modificación de la Legislación Tributaria.
Decreto 74 de 1976 →Vigente
Artículo 68
Establécese Para La Dirección General Un Comité Jurídico Integrado Por El Director General, Quien Lo Presidirá, El Subdirector General, El Subdirector Jurídico Y El Jefe De La Oficina De Estudios Tributarios; Actuará Como Secretario El Jefe De La División De Doctrina Tributaria De La Subdirección Jurídica
Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.