Redúcense Al Dos Por Ciento (2%), La Sanción Por No Identificar Los Ingresos De Que Trata El Parágrafo 1º Del Artículo 1º Del Decreto 3803 De 1982 Y La Sanción Por No Identificar Los Beneficiarios De Los Pagos Constitutivos De Costos, Deducciones Y Descuentos Prevista En El Artículo 59 Del Mismo Decreto
Decreto 398 de 1983 · Por el cual se aclaran y modifican algunas normas del Decreto legislativo 3803 de 1982 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Redúcense al dos por ciento (2%), la sanción por no identificar los ingresos de que trata el
Parágrafo 1
del artículo 1º del Decreto 3803 de 1982 y la sanción por no identificar los beneficiarios de los pagos constitutivos de costos, deducciones y descuentos prevista en el artículo 59 del mismo Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.