Para la expedición o renovación de las licencias sanitarias de funcionamiento a que se refiere el presente Decreto se requiere
Solicitud por duplicado presentada por el interesado en forma personal o mediante apoderado, ante el Ministerio de Salud, o ante el Servicio Seccional de Salud, correspondiente cuando exista delegación;
Indicación del nombre y dirección del representante legal;
Nombre o razón social del establecimiento solicitante;
Ubicación del establecimiento;
Descripción de las características del establecimiento, indicando los volúmenes aproximados de recolección de sangre o plasma, los tipos de proceso a que se someten, el destino final de los productos, el número de empleados indicando sus funciones, los datos relacionados con el personal que tenga carácter profesional y los demás que se consideren de importancia. La solicitud deberá presentarse acompañada de los siguientes documentos: a) Prueba de la existencia legal del establecimiento; b) Descripción detallada del funcionamiento del establecimiento y del proceso o procesos que se llevarán a cabo. Cuando se trate de renovación se indicarán los procesos en desarrollo, incluyendo, en uno y otro caso los de carácter industrial, cuando sea necesario; c) En los casos de centros de procesamiento de plasma y suero, concepto favorable sobre descargas de aguas negras o servidas, emitido por la autoridad sanitaria correspondiente o en su defecto por la entidad oficial que tenga el control de las aguas de la zona.