El derecho de exclusión en áreas nuevas será equivalente al 100% del área del predio, cuando el propietario haya dado cumplimiento a los requisitos a que se refiere el artículo 11.
Decreto 1368 de 1974 →Vigente
Artículo 10
El Derecho De Exclusión En Áreas Nuevas Será Equivalente Al 100% Del Área Del Predio, Cuando El Propietario Haya Dado Cumplimiento A Los Requisitos A Que Se Refiere El Artículo 11
Decreto 1368 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre derechos de exclusión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.