Actuaciones iniciadas . Las actuaciones administrativas iniciadas, los términos que hubieren empezado a correr y los recursos interpuestos, continuarán su trámite y se regirán por las disposiciones vigentes en el momento de su radicación.
Las empresas que presentaron solicitud de habilitación en vigencia del Decreto 091 de 1998 y que a la fecha de publicación de este decreto no han sido decididas por la autoridad competente, podrán acogerse a las nuevas condiciones estipuladas en la presente disposición.