°. A partir de la fecha del presente Decreto, créanse los siguientes cargos en la Interventoría de las carreteras de Boyacá Zona Central, con las asignaciones que a continuación se expresan 1 Ingeniero Interventor Delegado con 1.900.00 1 Almacenista III (Pagador), grado 7. 1 Mecanógrafa III, grado 4.
Decreto 2113 de 1959 →Vigente
Artículo 4
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Créanse Los Siguientes Cargos En La Interventoría De Las Carreteras De Boyacá Zona Central, Con Las Asignaciones Que A Continuación Se Expresan 1 Ingeniero Interventor Delegado Con 1
Decreto 2113 de 1959 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se hacen unos nombramientos y promociones en el Ministerio de Obras Públicas. (Ramo de Carreteras Nacionales)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.