Micelio

Artículo 4

A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Créanse Los Siguientes Cargos En La Interventoría De Las Carreteras De Boyacá Zona Central, Con Las Asignaciones Que A Continuación Se Expresan 1 Ingeniero Interventor Delegado Con 1

Decreto 2113 de 1959 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se hacen unos nombramientos y promociones en el Ministerio de Obras Públicas. (Ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir de la fecha del presente Decreto, créanse los siguientes cargos en la Interventoría de las carreteras de Boyacá Zona Central, con las asignaciones que a continuación se expresan 1 Ingeniero Interventor Delegado con 1.900.00 1 Almacenista III (Pagador), grado 7. 1 Mecanógrafa III, grado 4.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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