Son deberes y obligaciones del Bacteriólogo:
Guardar el secreto profesional salvo en las excepciones que la ley lo considere;
Realizar un estricto control de calidad de los procesos, servicios y productos finales;
Exigir el suministro de reactivos con calidad certificada, que garanticen la confiabilidad de los resultados;
Entregar en forma clara, precisa y oportuna los resultados de los análisis realizados;
Certificar con su firma y número de Registro Profesional cada uno de los análisis realizados;
Atender pacientes con enfermedades infectocontagiosas, al uso de sustancias tóxicas y reactivos químicos necesarios para desempeñar su profesión, siempre y cuando reciba los elementos de protección laboral que garantice su integridad física y mental, de acuerdo con la normatividad vigente en materia de alto riesgo, así como los beneficios de descanso que compense los posibles peligros que asume en su labor;
Respetar los principios y valores que sustentan las normas de ética vigentes para el ejercicio de su profesión y el respeto por los derechos humanos;
Cumplir y hacer cumplir las normas de bioseguridad vigentes.