Beneficio en el Pilar Semicontributivo . Para los grupos de personas señalados en el artículo anterior, el beneficio económico consistirá en una Renta Vitalicia que se determinará según las reglas establecidas en el artículo 2.2.3.3.1. del presente decreto. Esta renta será pagadera de manera vitalicia por doce mensualidades al año, no podrá superar el 80% de un salario mínimo legal mensual vigente y no es sustituible ni heredable, por no tratarse de una pensión
Decreto 514 de 2025 →Vigente
Artículo 2.2.3.2.3
Beneficio En El Pilar Semicontributivo
Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.