Micelio

Artículo 2

Ley 85 de 1959 · Por la cual se auxilia al Municipio de Popayán para la terminación del nuevo Acueducto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Municipio de Popayán queda facultado para suscribir esta suma en acciones de la sociedad "Acueducto de Popayán S.A.", o invertirla en la realización de las obras necesarias para terminar el nuevo Acueducto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 85 de 1959