El Instituto en el cumplimiento de sus funciones se ceñirá al Decreto 89 de 1976 y a los presentes estatutos y no podrá desarrollar actividades o ejecutar actos distintos, ni destinar cualquier parte de sus bienes o recursos para fines diferentes de los contemplados en las citadas normas.
Decreto 1227 de 1976 →Vigente
Artículo 31
Decreto 1227 de 1976 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 65 del 12 de mayo de 1976, expedido por la Junta Directiva del ICFES sobre adopción de los Estatutos del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.