Responsables de la entrega de las atribuciones. La entrega de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 10 de la Ley 29 de 1989, se efectuará en reunión conjunta, integrada por el Alcalde del municipio respectivo, Secretario de Educación Departamental, Intendencial, Comisarial o Distrital, del Director de Núcleo y la Comisión de Funcionarios del Ministerio de Educación Nacional. Diligencia que constará en acta suscrita por quienes en ella intervinieron.
Decreto 1706 de 1989 →Vigente
Artículo 35
Decreto 1706 de 1989 · Por el cual se reglamentan los artículos 7°, 10 y 18 de la Ley 29 de 1989, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.