Articulo 2° A partir del 16 de febrero del presente año, suprimese el siguiente personal dependiente de la Interventora del contrato de pavimentación de la carretera Barranquilla-Cartagena, sector Barranquilla-kilómetro 18, creado por el Decreto número 796 de 1950 para los trabajos de pavimentación y conservación de la carretera Barranquilla-Cartagena, sector kilómetro 18-Cartagena; un Ingeniero Ayudante, un Cajero-Contador-Pagador, un Almacenista, una Mecanógrafa, dos Inspectores de Trabajo, un Mecánico Jefe, y dos Mecánicos Ayudantes.
Artículo 2
A Partir Del 16 De Febrero Del Presente Año, Suprimese El Siguiente Personal Dependiente De La Interventora Del Contrato De Pavimentación De La Carretera Barranquilla-Cartagena, Sector Barranquilla-Kilómetro 18, Creado Por El Decreto Número 796 De 1950 Para Los Trabajos De Pavimentación Y Conservación De La Carretera Barranquilla-Cartagena, Sector Kilómetro 18-Cartagena; Un Ingeniero Ayudante, Un Cajero-Contador-Pagador, Un Almacenista, Una Mecanógrafa, Dos Inspectores De Trabajo, Un Mecánico Jefe, Y Dos Mecánicos Ayudantes
Decreto 202 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Publicas Carreteras, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.