°. Modificar el artículo 2.5.5.3.1.3 de la Sección 1 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.5.5.3.1.3. Opciones para la enajenación . El Administrador del Frisco puede hacer uso de: a) la enajenación temprana de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 24 de la Ley 1849 de 2017, b) el procedimiento de enajenación de que trata esta sección.
Decreto 1760 de 2019 →Vigente
Artículo 8
Modificar El Artículo 2
Decreto 1760 de 2019 · por medio del cual se modifican y adicionan las disposiciones relacionadas con la administración de los bienes del Frisco de las que trata el Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.