Articulo 30. Dirección Territorial . Son funciones de la Dirección Territorial las siguientes
Ejecutar las políticas y programas aprobadas por el Consejo Directivo Nacional, el Consejo Académico Nacional y la Dirección Nacional, tendientes a satisfacer los requerimientos de investigación, formación, y capacitación para el servicio público y de asesoría y consultoría a las entidades territoriales, en el ámbito de su respectiva jurisdicción.
Ejercer las funciones que el Director Nacional les delegue, celebrar contratos y otorgar poder a los servidores públicos de la Dirección Territorial o a los abogados externos, de conformidad con las delegaciones otorgadas por el Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Gestionar ante las diferentes autoridades de la jurisdicción de la Dirección Territorial el pago de los aportes y demás ingresos que por distintos conceptos debe percibir la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Asumir las competencias que le sean delegadas relacionadas con la dirección y coordinación del funcionamiento de la dirección territorial.
Adelantar los estudios de factibilidad orientados a la creación, fusión o supresión de los Centros Territoriales de Administración Pública, CETAP, someterlos a consideración de la Dirección Nacional y dirigir, coordinar y evaluar el funcionamiento de los mismos.
Diseñar en coordinación con las Subdirecciones Académica y de Proyección Institucional programas académicos de formación, de investigación, docencia y de extensión, someterlos a la aprobación del Consejo Académico Nacional y solicitar su inclusión en los planes y programas globales de orden institucional.
Adelantar en coordinación con la Subdirección Administrativa y Financiera el control, vigilancia y mantenimiento, en los ámbitos jurídicos y físicos, de los bienes muebles e inmuebles que posea la Dirección Territorial.
Enviar a la Oficina Asesora de Planeación, la información territorial actualizada, relacionada con las actividades misionales que se desarrollen en su jurisdicción.
Presentar los informes financieros en forma periódica y oportuna; así como los demás informes que le sean solicitados por la sede nacional.
Adelantar conjuntamente con la Subdirección de Proyección Institucional los planes y programas tendientes a desarrollar la misión y objetivos institucionales.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la Dirección Territorial.