Micelio

Artículo 12

Una Vez Efectuada La Exportación De Los Productos Elaborados Total O Parcialmente Con Materias Primas Importadas Bajo El Amparo De Contratos Suscritos Con El Ministerio De Fomento, Este Despacho, Previa Las Comprobaciones Que Estime Necesarias, Comunicará Al Administrador De La Aduana Respectiva Si Las Garantías Deben Ser Canceladas Total O Parcialmente, Indicando En Este Último Caso La Cuantía

Decreto 2223 de 1959 · Por el cual se reglamentan los artículos 30, 31, 35, 55 y 57 de la ley 1ª de 1959

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez efectuada la exportación de los productos elaborados total o parcialmente con materias primas importadas bajo el amparo de contratos suscritos con el Ministerio de Fomento, este Despacho, previa las comprobaciones que estime necesarias, comunicará al Administrador de la Aduana respectiva si las garantías deben ser canceladas total o parcialmente, indicando en este último caso la cuantía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2223 de 1959