Una vez efectuada la exportación de los productos elaborados total o parcialmente con materias primas importadas bajo el amparo de contratos suscritos con el Ministerio de Fomento, este Despacho, previa las comprobaciones que estime necesarias, comunicará al Administrador de la Aduana respectiva si las garantías deben ser canceladas total o parcialmente, indicando en este último caso la cuantía.
Decreto 2223 de 1959 →Vigente
Artículo 12
Una Vez Efectuada La Exportación De Los Productos Elaborados Total O Parcialmente Con Materias Primas Importadas Bajo El Amparo De Contratos Suscritos Con El Ministerio De Fomento, Este Despacho, Previa Las Comprobaciones Que Estime Necesarias, Comunicará Al Administrador De La Aduana Respectiva Si Las Garantías Deben Ser Canceladas Total O Parcialmente, Indicando En Este Último Caso La Cuantía
Decreto 2223 de 1959 · Por el cual se reglamentan los artículos 30, 31, 35, 55 y 57 de la ley 1ª de 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.