Micelio

Artículo 13

Decreto 1953 de 1987 · por el cual se reglamenta la Ley 4ª de 1987.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones del Director del ITEC serán

a)

Cumplir y hacer cumplir las normas legales y estatutarias, los reglamentos del ITEC, controlar su funcionamiento general y ejecutar las decisiones del Consejo Superior;

b)

Diseñar, orientar, controlar y evaluar, a nivel nacional, los programas de educación superior y de capacitación del ITEC y presentar al Consejo Superior los informes y recomendaciones pertinentes;

c)

Controlar y evaluar los programas de investigación que realice el ITEC en materia de telecomunicaciones e informar al Consejo Superior;

d)

Controlar la capacitación derivada del desarrollo de los contratos suscritos por Telecom relativos a la adquisición de equipos;

e)

Elaborar el presupuesto del ITEC y presentarlo al Consejo Superior para su estudio y recomendación ante la Junta Directiva de Telecom;

f)

Controlar el manejo de fondos que Telecom le transfiera al ITEC para la capacitación del personal a través del Icetex o de otras instituciones u organismos nacionales o internacionales y representar a la Empresa en la coordinación de políticas y en los trámites para la utilización de los mismos;

g)

Evaluar los ofrecimientos de becas internacionales, preparar la documentación necesaria para la elección de candidatos a comisiones de estudio en el exterior y presentarla al Consejo Superior para su aprobación;

h)

Diseñar y aplicar mecanismos para divulgar en Telecom y en el sector de las telecomunicaciones las políticas y los programas de educación formal, capacitación e investigación que desarrolle el ITEC;

i)

Coordinar lo relativo a la consecución de profesores y asignación de cargos docentes;

j)

Mantener contacto con entidades nacionales e internacionales que desarrollen actividades de interés para el ITEC y proponer al Consejo Superior la aprobación de convenios interinstitucionales;

k)

Contratar con entidades, empresas, centros educativos o personas naturales, la capacitación de personal y los proyectos de investigación que no puedan ser asumidos con personal de Telecom, de acuerdo con las delegaciones que le sean conferidas;

l)

Presidir y convocar las reuniones de los Comités Académico y de Administración y Servicios;

m)

Nombrar y remover el personal del ITEC conforme al régimen que sobre el particular existe para Telecom;

n)

Autorizar con su firma los títulos, diplomas y certificados que otorgue el ITEC;

o)

Contratar, ordenar y reconocer el gasto y ordenar el pago hasta por las cuantías que le delegue el Presidente de Telecom;

p)

Las demás que se relacionen con la administración del ITEC y que le asigne el estatuto interno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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