Micelio

Artículo 13

Decreto 1953 de 1987 · por el cual se reglamenta la Ley 4ª de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones del Director del ITEC serán

a)

Cumplir y hacer cumplir las normas legales y estatutarias, los reglamentos del ITEC, controlar su funcionamiento general y ejecutar las decisiones del Consejo Superior;

b)

Diseñar, orientar, controlar y evaluar, a nivel nacional, los programas de educación superior y de capacitación del ITEC y presentar al Consejo Superior los informes y recomendaciones pertinentes;

c)

Controlar y evaluar los programas de investigación que realice el ITEC en materia de telecomunicaciones e informar al Consejo Superior;

d)

Controlar la capacitación derivada del desarrollo de los contratos suscritos por Telecom relativos a la adquisición de equipos;

e)

Elaborar el presupuesto del ITEC y presentarlo al Consejo Superior para su estudio y recomendación ante la Junta Directiva de Telecom;

f)

Controlar el manejo de fondos que Telecom le transfiera al ITEC para la capacitación del personal a través del Icetex o de otras instituciones u organismos nacionales o internacionales y representar a la Empresa en la coordinación de políticas y en los trámites para la utilización de los mismos;

g)

Evaluar los ofrecimientos de becas internacionales, preparar la documentación necesaria para la elección de candidatos a comisiones de estudio en el exterior y presentarla al Consejo Superior para su aprobación;

h)

Diseñar y aplicar mecanismos para divulgar en Telecom y en el sector de las telecomunicaciones las políticas y los programas de educación formal, capacitación e investigación que desarrolle el ITEC;

i)

Coordinar lo relativo a la consecución de profesores y asignación de cargos docentes;

j)

Mantener contacto con entidades nacionales e internacionales que desarrollen actividades de interés para el ITEC y proponer al Consejo Superior la aprobación de convenios interinstitucionales;

k)

Contratar con entidades, empresas, centros educativos o personas naturales, la capacitación de personal y los proyectos de investigación que no puedan ser asumidos con personal de Telecom, de acuerdo con las delegaciones que le sean conferidas;

l)

Presidir y convocar las reuniones de los Comités Académico y de Administración y Servicios;

m)

Nombrar y remover el personal del ITEC conforme al régimen que sobre el particular existe para Telecom;

n)

Autorizar con su firma los títulos, diplomas y certificados que otorgue el ITEC;

o)

Contratar, ordenar y reconocer el gasto y ordenar el pago hasta por las cuantías que le delegue el Presidente de Telecom;

p)

Las demás que se relacionen con la administración del ITEC y que le asigne el estatuto interno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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