Micelio

Artículo 2

Ley 8 de 1914 · Por la cual se auxilia una obra histórica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los ejemplares así adquiridos no podrán repartirse a particulares, y se destinarán a las bibliotecas públicas, Academias, Universidad es, Escuelas Normales, Colegios oficiales de enseñanza superior, y para canjes de la Biblioteca Nacional y de la Oficina de Información del Ministerio de Relaciones Exteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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