Son funciones de la Comisión:
Establecer los lineamientos que van a regir la PPNM siguiendo los parámetros establecidos por la presente ley.
Elaborar el Plan Quinquenal de la PPNM, donde se establecerán sus metas, objetivos, lineamientos, métodos, y demás aspectos concernientes al diseño, ejecución, evaluación y retroalimentación de la PPNM.
Definir los parámetros técnicos de calidad para todos los programas de formación en idiomas en articulación con las normas existentes sobre la materia en ICONTEC.
Establecer los métodos, indicadores e índices de evaluación de la PPNM a corto, mediano y largo plazo.
Presentar propuestas al Ministerio de Educación Nacional para tramitar o participar de iniciativas legislativas en torno a la PPNM y afines.
Definir los mecanismos de ajuste de la PPNM en virtud de los métodos de evaluación definidos por la Comisión a corto, mediano y largo plazo.
Analizar los resultados obtenidos en las distintas pruebas de dominio de las lenguas extranjeras por parte de los estudiantes de los diferentes niveles de educación en Colombia de manera periódica para derivar de ellos conclusiones que sirvan de insumo para la retroalimentación tanto del Plan Quinquenal de la PPNM como de la Política en sí misma.
Crear el mecanismo por medio del cual los entes territoriales reportarán las necesidades, los progresos, los avances, y la evaluación de la implementación de la PPNM en sus territorios, mediante la coordinación y de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.
Apoyar y fortalecer las estrategias existentes para la capacitación y formación de los docentes en lenguas extranjeras.
Generar estrategias para la promoción de la formación de nuevos docentes para la enseñanza de lenguas extranjeras, Lengua de Señas Colombiana o lenguas nativas en Colombia.
Sugerir estrategias de asistencia técnica para acompañar los procesos de enseñanza y aprendizaje de las lenguas en Colombia.
Fomentar la creación de ambientes multilingües como herramientas complementarias a los procesos de enseñanza y aprendizaje de las diferentes lenguas en el país.
Asesorar y orientar en la adopción de diferentes materiales tanto físicos como digitales que promuevan y apoyen los procesos de enseñanza y aprendizaje de las diferentes lenguas en el país.
Crear un registro para los proyectos cuyo objetivo sea promover el multilingüismo en Colombia y así mismo generar estrategias de acompañamiento a estos.
Desarrollar estrategias intersectoriales para fortalecer la educación lingüística inclusiva y equitativa en zonas rurales, reduciendo brechas y promoviendo la inclusión de la diversidad lingüística y cultural en los currículos educativos, mediante la coordinación y asesoría del Ministerio de Educación Nacional.
Darse su propio reglamento, y dentro de este, establecer los mecanismos de elección de los miembros rotativos descritos en el parágrafo del artículo 11 de la presente ley.
Las demás que defina la ley.
Las funciones de la Comisión Asesora para la Política Nacional de Multilingüismo de que trata el presente artículo y demás que defina la ley, deberán tener estricto respeto por los principios de Autonomía Escolar y Libertad de Cátedra.
TÍTULO IV.
LINEAMIENTOS GENERALES DE LA PPNM.