En el caso de que la mujer raptada sea meretriz o mujer pública, las penas señaladas en el artículo 349 se reducirán hasta en la mitad, y no se impondrá sanción alguna al responsable cuando se trate del delito previsto en el artículo 350.
Decreto 2300 de 1936 →Vigente
Artículo 353
En El Caso De Que La Mujer Raptada Sea Meretriz O Mujer Pública, Las Penas Señaladas En El Artículo 349 Se Reducirán Hasta En La Mitad, Y No Se Impondrá Sanción Alguna Al Responsable Cuando Se Trate Del Delito Previsto En El Artículo 350
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.