º . Funciones de la Comisión Intersectorial de Integración y Desarrollo Fronterizo. Son funciones de la Comisión Intersectorial de Integración y Desarrollo Fronterizo
Ejercer la coordinación, orientación superior y consolidación de la política de Estado relativa a la integración y el desarrollo fronterizo;
Formular el Programa Nacional de Integración y Desarrollo Fronterizo y en un Documento Conpes la anterior política;
Analizar y presentar a consideración del Conpes un documento en el que se plasme la política de Estado relativa a la Integración y Desarrollo Fronterizo;
Promover la presentación al Congreso de la República de proyectos de ley que desarrollen los artículos 289 y 337 de la Constitución Política, y gestionar el desarrollo y aplicación de la Ley 191 de 1995;
Establecer y determinar las bases para asegurar la participación ciudadana, del sector privado y de las comunidades indígenas negras y raizales, en la definición y desarrollo de la política de fronteras;
Proponer las directrices y lineamientos de la política de fronteras en el Plan Nacional de Desarrollo y en los planes sectoriales y regionales, al igual que los planes, programas, proyectos y regímenes especiales que corresponda adelantar en las zonas fronterizas y en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo;
Evaluar periódicamente los avances del Programa Nacional de Integración y Desarrollo Fronterizo;
Promover y coordinar acciones para que las entidades públicas, privadas y de cooperación internacional, coadyuven la ejecución de la Política de Integración y Desarrollo Fronterizo;
Promover y coordinar, con las entidades de carácter nacional y regional, las estrategias, planes, programas y proyectos para el desarrollo del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina;
Promover y coordinar las acciones requeridas para el cumplimiento de los compromisos emanados del Tratado de Cooperación Amazónica;
Promover y coordinar las acciones requeridas para el cumplimiento de los compromisos contenidos en los Acuerdos bilaterales o multilaterales, suscritos en el marco de la Comunidad Andina y demás organismos e instancias internacionales en las cuales se logren propuestas relacionadas con la integración y el desarrollo fronterizo;
Recomendar la aplicación de regímenes especiales para las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, que permitan fomentar la productividad y la competitividad en los sectores agropecuario, industrial, microempresarial y comercial. Dichos regímenes especiales deberán tener en cuenta para su aplicación las circunstancias particulares de cada región fronteriza;
Estudiar las recomendaciones emanadas de las Comisiones de Integración y Vecindad Fronteriza y cuando sea procedente, promover su cumplimiento;
Evaluar y proponer programas, proyectos y actividades que propicien, dentro del marco de la política de fronteras, la integración y la cooperación con los países vecinos;
Además de los informes sobre los asuntos relevantes que considere oportunos, la Comisión Intersectorial de Integración y Desarrollo Fronterizo presentará al Presidente de la República un informe anual sobre el estado y avance de las políticas, planes, programas y proyectos de integración y desarrollo fronterizo;
Darse su propio reglamento;
Las demás que le sean asignadas.