El resultado del sorteo se pondrá por dos días en conocimiento de las partes para que puedan intentar las recusaciones que consideren del caso. Cuando esas recusaciones se intenten, el Juez decidirá dentro de los días siguientes si las acepta o las rechaza, en auto que no es apelable.
Decreto 2900 de 1953 →Vigente
Artículo 100
El Resultado Del Sorteo Se Pondrá Por Dos Días En Conocimiento De Las Partes Para Que Puedan Intentar Las Recusaciones Que Consideren Del Caso
Decreto 2900 de 1953 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.